Más de 172 mil personas naturales y dos mil 700 personas jurÃdicas están registradas en todo el paÃs como usufructuarios, según se divulgó en la sede del Ministerio de la Agricultura, donde se analizaron las experiencias obtenidas de la aplicación del Decreto Ley 259 que será derogado a partir del 9 de Diciembre del presente año y sustituido por el Decreto Ley 300 y cuatro normas complementarias.
El Director JurÃdico del Ministerio de la Agricultura Orlando DÃaz RodrÃguez enfatizó que este decreto ley pretenden consolidar el proceso de entrega de tierras, a fin de continuar reduciendo las parcelas improductivas y aumentar los rendimientos que promuevan una mayor autonomÃa y eficiencia de los productores.
El Director del Centro Nacional del Control de la Tierra en el Ministerio de la Agricultura Pedro Olivera Gutiérrez señaló que, antes, con el Decreto Ley 259 los usufructuarios solo podÃan integrarse a las Cooperativas de Créditos y Servicios (CCS), sin embargo con el Decreto Ley 300, podrán vincularse contractualmente a otras formas de producción como Granjas Estatales, Unidades Básicas de Producción Cooperativa (UBPC) y Cooperativas de Producción Agropecuaria, en las cuales tendrán la oportunidad de acceder a insumos, servicios y comercializar sus producciones.
El funcionario destacó que otra de las ventajas que tiene es que los usufructuarios pueden extender el área otorgada hasta 67,10 hectáreas, que significan cinco caballerÃas.
La jefa del Departamento Independiente de Inversiones del Instituto de Planificación FÃsica, Lesbia ZaldÃvar CossÃo explicó cómo los usufructuarios tendrán derecho a construir bajo el concepto de bienhechurÃas, instalación para almacenes o viviendas.
Este Decreto Ley 300 ha incluido la posibilidad de que se puedan ejecutar construcciones, solo podrÃan haber limitaciones en aquellas áreas donde puedan existir planes de ordenamiento territorial que persigan desarrollo agrÃcolas. El usufructuario sabe que es una bienhechurÃa, él puede decidir que tipologÃa de vivienda quiere hacer. Este trámite se realizará a través de las Direcciones de Planificación FÃsica municipales.
Las personas interesadas en solicitar tierras estatales ociosas deben dirigirse a las Delegaciones Municipales de la Agricultura, en su territorio, allà recibirán toda la información necesaria. Otra novedad que posee el Decreto Ley 300 radica en la posibilidad de entregar tierras para la producción forestal y de frutales, además de la agropecuaria.
Ventajas del nuevo Decreto Ley 300 sobre la entrega de tierras ociosas
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