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En 1974, el Gobierno Revolucionario tomó la decisión de llevar a cabo en la provincia de Matanzas una experiencia sobre el establecimiento de los órganos del Poder Popular en las localidades. El día 21 quedaba constituida la inicial Asamblea Provincial de delegados procedentes de los 14 municipios de este territorio.

El 21 de julio fue constituida la Asamblea Provincial del Poder Popular en Matanzas. El estudio de esa experiencia constituyó la base para elaborar la propuesta de la estructura que adoptarían los Órganos del Poder Popular en todo el país.

Esta experiencia tuvo por objetivo confirmar toda una serie de criterios referidos a formas metodológicas para el mejor funcionamiento de las instituciones representativas del Estado, así como sobre cuestiones demográficas, territoriales y, entre otras relaciones, las relaciones administrativas y empresariales.

El 11 de diciembre del propio año, por vez primera en la historia de Cuba, se iniciaron las asambleas de vecinos en Matanzas para escuchar la rendición de cuenta de sus delegados.

El 10 de abril de 1975 se inició el proceso de discusión del anteproyecto de Constitución de la República de Cuba en el que, mediante miles de reuniones, participaron más de 6 millones de cubanos y que fue sometido a referéndum popular el 15 de febrero de 1976. Aprobada por el 98 por ciento de los electores, entró en vigor el 24 de febrero de 1976.

El 10 y el 17 de octubre de 1976, en primera y segunda vueltas electorales, el 95,2 % de todos los cubanos mayores de 16 años, mediante voto secreto y directo en las urnas, eligieron de entre más de 30 000 candidatos a los 10 725 delegados (concejales) a las 169 asambleas municipales del Poder Popular (ayuntamientos), que quedaron oficialmente constituidas el 30 de octubre, mismo día en el que se eligen los delegados a las Asambleas Provinciales.

El 2 de noviembre fueron electos los diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular, que fue oficializada un mes más tarde. La constitución de la Asamblea Nacional, la elección del Consejo de Estado, su Presidente y vicepresidentes, y la designación del Consejo de Ministros, fortalecieron la esencia democrática de la Revolución cubana.

Hasta los comicios de 1992-93 la práctica del pueblo en Cuba fue nominar y elegir a sus delegados de circunscripción, los que luego determinaban quiénes serían los delegados a las Asambleas Provinciales y los diputados a la Asamblea Nacional.

La decisión de modificar la Constitución aprobada en referéndum en 1976­ para elegir por el voto directo, universal, secreto y voluntario de la población a los miembros del Parlamento y las Asambleas Provinciales del Poder Popular fue sugerida en el IV Congreso del Partido Comunista celebrado en octubre de 1991.

Tras la elección a mano alzada de los delegados de base estos deben ser aprobados por el voto secreto de los electores, para formar las Asambleas Municipales. Este requisito también se aplica a las Asambleas Provinciales y a la Asamblea Nacional, pero para estas cámaras las precandidaturas son presentadas por las Comisiones de Candidaturas.

La Asamblea Nacional del Poder Popular es el órgano supremo del poder del Estado. Representa y expresa la voluntad soberana de todo el pueblo, es el único órgano con potestad constituyente y legislativa en la República. La Asamblea Nacional del Poder Popular elige, de entre sus diputados, al Consejo de Estado, integrado por un Presidente, un Primer Vicepresidente, cinco Vicepresidentes, un Secretario y veintitrés miembros más. El Presidente del Consejo de Estado es jefe de Estado y jefe de Gobierno.

Los principios generales que caracterizan el Sistema Electoral Cubano son:

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