Imprimir

También conocida como Patrimonio Mundial, es una categoría instituida por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, que distingue bienes específicos de relevancia excepcional —cultural o natural— para la herencia común de la humanidad. Dichos bienes conforman la Lista del Patrimonio Mundial, avalada por la Convención sobre la protección del patrimonio mundial cultural y natural.

El Comité del Patrimonio Mundial de la UNESCO es un órgano intergubernamental que dicta las instrucciones para la inserción de bienes culturales o naturales en la Lista del Patrimonio Mundial. Está asesorado por otros organismos como el Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (ICOMOS), la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (IUCN) y el Centro Internacional para el Estudio de la Conservación y Restauración de los Bienes Culturales (ICCROM).

La inclusión de bienes culturales o naturales en la lista se efectúa según un procedimiento definido, que implica el establecimiento previo, por cada estado parte de la Convención, de una lista indicativa de bienes a ser inscritos.

Este inventario de bienes se entrega oficialmente en el Centro del Patrimonio Mundial, en la UNESCO. Entonces los órganos consultivos tales como el ICOMOS, la UICN y el ICCROM evalúan cada proposición. Sus informes se estudian en el Comité del Patrimonio Mundial, y se decide la inclusión o no del bien en la Lista del Patrimonio Mundial.

Solamente los países que firman la Convención del patrimonio mundial, donde se comprometen a identificar, proteger, conservar y revalorizar su patrimonio cultural y natural, podrán proponer sus bienes para conseguir la declaratoria de Patrimonio Mundial. La lista indicativa de los bienes culturales y naturales debe hacerse de acuerdo con los criterios de la Convención.

Compartir / Share

Submit to FacebookSubmit to Google PlusSubmit to Twitter
Categoría: Valor agregado en español
Visitas: 2816