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Son unidades de producción cooperativas que surgen en septiembre de 1993. Asumidas como opción para palear la difícil situación de la agricultura en Cuba durante el Período Especial. Se caracterizan por la producción en común, al igual que los medios de producción. Constituyen la forma predominante en el agro cubano actual.

Es una comunidad económico-social integrada que responde al concepto de desarrollo rural. Son cooperativas agropecuarias donde la producción se realiza en común, siendo igualmente común la propiedad de los medios. Utilizan tierra estatal como usufructo. Se constituyen de acuerdo a las disposiciones que norma la Ley, las que se inscriben en el Registro de Unidades Básicas de Producción Cooperativa (REUCO).

Están constituidas con trabajadores provenientes de las empresas estatales, las tierras que les han sido traspasadas en calidad de usufructo y los medios de producción comprados al Estado.

Estas UBPC se clasifican de acuerdo a su actividad fundamental en cañeras (atendidas por el Ministerio del Azúcar y no cañeras (atendidas por el Ministerio de la Agricultura), dedicadas a cultivos varios, cítricos, frutales, café, tabaco y a la ganadería.

Principios básicos

1) La vinculación del hombre al área como forma de estimular su interés por el trabajo y su sentido concreto de responsabilidad individual y colectiva.

2) El autoabastecimiento del colectivo de obreros y sus familias con esfuerzo cooperado, así como mejorar progresivamente las condiciones de vivienda y otros aspectos relacionados con la atención del hombre.

3) Asociar rigurosamente los ingresos de los trabajadores a la producción alcanzada.

4) Desarrollar ampliamente la autonomía de la gestión. Las unidades de producción que se proponen deben administrar sus recursos y hacerse autosuficientes en el orden productivo.

La esfera de la autonomía e independencia de estas cooperativas abarca un conjunto de atribuciones que les son conferidas:

• Organización interna de la explotación de la tierra y los restantes medios de producción en combinación con la fuerza de trabajo colectiva, lo que equivale a la administración de los factores de la producción por cuenta propia.

• Selección de la fuerza de trabajo colectiva y la contratación de trabajadores temporales.

• Concertación de créditos con el banco para la producción, fomento de plantaciones y otros usos que incluyen el financiamiento de la inversión de capital original.

• Asignación de tierra u otra modalidad que se determine para la producción agropecuaria destinada al autoconsumo de los trabajadores y sus familiares.

• Determinación de las formas de organización del trabajo y el monto de las remuneraciones, anticipos y salarios.

• Aprobación de la forma y cuantía en que se distribuirán los beneficios finales con destino a la acumulación y al consumo, esto es: el reparto de utilidades entre los asociados y contratados, las inversiones productivas y las destinadas a la infraestructura social, así como las reservas para contingencias.

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Categoría: Valor agregado en español
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