Corte Suprema de Brasil reconoce acoso judicial a periodistas

Brasilia: El Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil reconoció hoy el llamado acoso judicial a periodistas para impedir o dificultar la actuación de profesionales de la prensa y de los medios de comunicación.

Tal análisis se inició en septiembre de 2023, en sesión virtual. En esa época, la ponente y ahora ministra jubilada Rosa Weber, consideró que, para la fijación de indemnización por daño moral en medios de prensa o red social, resulta necesario comprobar la diseminación deliberada de la desinformación.

Agregó otros elementos como manipulación de grupos vulnerables, ataque doloso a la reputación de alguien o desenmascarar al negligente de los hechos.

En la sesión del 16 de mayo, el ministro y presidente del STF, Luís Roberto Barroso, presentó su voto.

Para el juez de instrucción, «constituye acoso judicial comprometedor de la libertad de expresión el enjuiciamiento de innumerables acciones respecto a los mismos hechos en comarcas diversas con la intención o efecto de obligar a periodista u órgano de prensa, dificultar su defensa o hacerla excesivamente onerosa».

El Supremo también reafirmó ahora que la responsabilidad solo puede ocurrir cuando hay «intención inequívoca» o culpa grave.

La corte analizó dos acciones en conjunto. Una de ellas fue juzgada por la Asociación Brasileña de Prensa (ABI), que pedía interpretación conforme a la Constitución a dispositivos de los códigos Civil y de Proceso Civil, con el fin de frenar el empleo abusivo de acciones de reparación.

De igual manera, la ABI refirió que resulta desproporcionado el embargo de valores de las cuentas de periodistas y pequeñas empresas de comunicación.

Una segunda acción fue enjuiciada por la Asociación Brasileña de Periodismo Investigativo (Abraji) y demandaba que, en los pedidos de reparación en el cual se verifique acoso judicial, el órgano jurisdiccional competente fuera del domicilio del demandado y todos los asuntos conexos se reúnan para un juicio conjunto.

La Abraji precisó que hay casos en que un periodista es procesado en foros diversos, por disimiles personas, para causar por perjuicio al profesional de prensa, incluso en lo que respecta al derecho de defensa.

Por lo visto, venció la divergencia abierta por Barroso, quien fue acompañado por André Mendonça, Cristiano Zanin, Nunes Marques, Alexandre de Moraes, Edson Fachin, Luiz Fux, Días Toffoli, Cármen Lúcia y Gilmar Mendes.

El titular del STF consideró procedente la acción de la Abraji y parcialmente la de la ABI.

Remarcó que el tribunal dictaminó en diversos casos que «la libertad de expresión es preferencial en el Estado democrático de Derecho», lo cual significa que, para superar la libertad de expresión, es necesario «carga argumentativa mayor para quien desea defender tesis opuesta» a esa libertad. (PL)

Por Redacción Digital

Equipo de redactores del sitio web de Radio Mayabeque