Mayabeque, Cuba: La directora de la Oficina de la Administración Tributaria en Jaruco, María Felicia Almeida García, anunció la adecuación de las formas de pago de la contribución a la Seguridad Social para el personal empleado en el Trabajo por Cuenta Propia.
La directiva explicó que tributarán bajo las mismas reglas que los trabajadores del resto de las formas de gestión no estatal y del sector estatal.
El trabajador por cuenta propia que emplea a beneficiarios del régimen general de la seguridad social realiza una contribución mensual a dicha seguridad social. El tipo impositivo es del 14 por ciento sobre el total de las remuneraciones pagadas al personal asalariado, es decir, a los empleados.
Se excluyen de esta base las cantidades pagadas por distribución de utilidades. Al establecer un contrato, se fija un salario mensual para el empleado y el empleador determina las condiciones laborales correspondientes. El titular aporta un 12.5 por ciento y retiene un 1.5 por ciento para el pago de prestaciones a corto plazo de sus empleados, según lo establecido en el párrafo 081013.
Es importante destacar que el titular no descontará del salario del empleado ni el 12.5 por ciento, ni el 1.5 por ciento; estos montos provienen del capital del titular. Por lo tanto, el empleador solo retendrá al empleado la parte correspondiente a la seguridad social que debe aportar, siendo el titular quien realiza esta contribución.
La directora de la ONAT en Jaruco subrayó que de esta forma todos los actores económicos operan en igualdad de condiciones y se consolida la aplicación de los tributos bajo los principios de generalidad y equidad.
Por otra parte, afirmó, las circunstancias económicas actuales requieren una mayor potenciación de los ingresos al Presupuesto del Estado. (IVP)