Atendiendo a ello, en reunión efectuada por este órgano el viernes 28 de agosto, se aprobaron las medidas que complementan el trabajo de enfrentamiento a la COVID -19, las que damos a conocer para su compresión y estricto cumplimiento.
- Solamente el CDP Mayabeque está facultado para emitir las autorizaciones correspondientes de acceso de los trabajadores de Mayabeque que residen en La Habana que sean considerados excepcionales.
- Los que residen en Mayabeque y laboran en La Habana, su aprobación es facultad del CDP de La Habana.
- Se faculta a los CDM solamente para autorizar el acceso de las personas con situaciones excepcionales (turnos médicos, tratamientos oncológicos, familiares graves o fallecidos).
- Se prohíbe la entrada de vacacionistas de La Habana a las instalaciones turísticas de la provincia.
- No se permitirá el ejercicio del Trabajo por Cuenta Propia de las personas que residan en La Habana en el territorio de la Provincia.
- Se mantiene el transporte público intermunicipal. Estos temas serán abordados oportunamente en los medios de comunicación masiva por las autoridades de nuestra provincia.
Firmado, Consejo de Defensa Provincial Mayabeque