Proyecto del Código de las familias en Cuba: legitimación de los afectos.

Mayabeque, Cuba: Un nuevo paradigma cultural: el código de las familias, sometido a consulta popular  hasta el próximo 30 abril, proceso que avanza favorablemente en la provincia de Mayabeque con un entusiasmo especial por los beneficios que aportará para las familias de estos tiempos.

Muchas leyes amparan a la mujer al tener los mismos derechos y deberes que los hombres.No existen clasificaciones para los hijos en legítimos y naturales o bastardos, sino que todos los hijos son iguales entre sí ante la ley.

El matrimonio no formalizado surte los mismos efectos jurídicos que el matrimonio legalmente constituido si se practica el reconocimiento legal del mismo, en cualquier momento: en plena existencia de la unión consensual, en caso de separación de los cónyuges, si uno de ellos o ambos mueren o por cualquier otro motivo de disolución de la unión.

La maternidad se protege, siendo casada o soltera la mujer, con una asistencia médica especializada y una licencia laboral pagada si es trabajadora y extendida desde las 32 semanas de gestación hasta el parto protegiendo su plaza laboral, hasta un año después. Ésta última licencia puede ser sustituida por otra de paternidad si la pareja lo decide. Igualdad de responsabilidades en el matrimonio, de ambos integrantes, respecto al cuidado de los hijos, de la familia y la atención al hogar.

Esos derechos específicos se unen a otros como la educación gratuita a todos los niveles y obligatoria hasta noveno grado. Universales y gratuitas son: la atención médica, hospitalaria, clínica y quirúrgica; la práctica deportiva, la educación física y la recreación gratuita; así como la práctica de las manifestaciones artísticas y literarias. Son derechos: la atención y seguridad social. El debido proceso penal. El trabajo como deber y derecho, así como el derecho a una vivienda digna, entre otros.

Lo que la cultura patriarcal llamó familia tradicional, hoy no es la única familia en Cuba y en el mundo. La familia nuclear actual no sólo es la matrimonial, con o sin hijos, hay otras: madres solteras con hijos, padres solteros con hijos, personas solas de cualquier sexo y edad, abuelos o abuelas criando nietos o nietas, serían disímiles los ejemplos a mencionar que encontramos en la sociedad cubana.

La unión consensual de dos hombres o dos mujeres, que no pueden practicar el reconocimiento legal de su matrimonio no formalizado ni casarse en matrimonio legalmente constituido, porque estas figuras se aceptan solo para la unión de un hombre y una mujer ¿y cuándo se separan, fallece uno, emigra uno de los integrantes de esta unión o se disuelve la unión por cualquier motivo, qué derechos de convivencia o herencia tienen ,ese es un tema algo polémico por los tabúes de los cuales muchos no han logrado despojarse.

Considero que hay mucha tela por donde cortar en este asunto de las familias y el país necesita un código moderno, del siglo XXI, desprejuiciado. Si nos planteamos como proceso revolucionario y sistema socialista, conquistar toda la justicia posible, pues este nuevo código coadyuva a eso. Sus valores deben verse sin prejuicios por creencias religiosas, ideas filosóficas y políticas o tradiciones culturales. Se trata de un nuevo paradigma cultural. (YDG)

Sulimary Carrasco Fonte

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